Tena Ramirez
Comencemos por asediar el concepto de Constitución que la nuestra acoge. Para ello hemos de tener en cuenta, previamente, el concepto de soberanía, pero en su elucidación y manejo debemos de ser cautos.
En efecto, la doctrina de la soberanía pertenece por su naturaleza a la teoría general del Estado. Si hemos de acudir a ella, será en la medida indispensable para interpretar nuestras propias instituciones.
Ciertamente el concepto de la soberanía ha sido, desde el siglo XV hasta nuestros días, uno de los temas más debatidos del derecho público. Con el tiempo, y a lo largo de tan empeñadas discusiones, la palabra soberanía ha llegado a comprender dentro de su ámbito los más disímiles y contradictorios significados; de aquí que al abordar el tema desde diferentes aspectos, sea imposible localizar la polémica en torno de un objeto único. Sin embargo, fieles a nuestro propósito antes expresado, trataremos de atrapar entre los dispersos conceptos el que hace suyo nuestra Constitución.
DERECHO DEL TRABAJO
Néstor de Buen Lozano
Néstor de Buen Lozano. Licenciado en derecho por la UNAM, profesor titular de derecho del trabajo en la ENEP Acatlán, profesor de derecho civil, derecho del trabajo y derecho de la seguridad social en la División de Estudios Superiores de la Facultad de Derecho de la UNAM.
Asesor de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para los Acuerdos Paralelos al Tratado de Libre Comercio; presidente de la Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (1992-1994).
INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO
Eduardo García Máynez.
Profesor Emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México de El Colegio Nacional.
El lector de esta obra se encuentra ante un hecho extraordinario, único en México y muy poco frecuente en país alguno. Un texto jurídico que alcanza su edición número cincuenta con 436,000 ejemplares vendidos. La primera edición se remonta a 1940 y hoy en día sigue siendo libro de texto en numerosas Facultades y Escuelas no sólo de México, sino de toda América Latina porque continúa joven, vigoroso, profundo y útil.
Estos párrafos, no constituyen un análisis del libro; los he escrito como un homenaje, en esta celebración, en este aniversario de oro, a su ilustre autor quien en vida ya constituía un mito, un personaje de leyenda y de veneración. Redactar estas oraciones me honran y me permiten públicamente mostrar mi gran respeto a uno de los pensadores mexicanos más preclaros de este siglo.
DERECHO FINANCIERO MEXICANO
Francisco de la Garza Sergio

El estado realiza diversas actividades para la ejecución de sus finalidades. A través del Poder Ejecutivo desarrolla una actividad “que se encamina a la realización de los servicios públicos y a la satisfacción de las necesidades generales. Siendo esto así, es lógico que la administración de un Estado -como la de cualquier otra entidad pública o privada- tenga que utilizar medios personales, materiales y jurídicos para lograr el cumplimiento de sus fines. De donde resulta que uno de los sectores más importantes de la actividad administrativa está constituido precisamente por la gestión de interés económicos”.
Esta actividad, que tiene una importante primordial en el Estado moderno, ha recibido el nombre de actividad financiera, la cual según Giannini, la cumple el Estado “para administrar el patrimonio, para determinar y recaudar los tributos, para conservar, destinar o invertir las sumas ingresadas”
¡Tienen buenos libros!, pueden conseguirme el de Compendio Civil tomo uno? favor de enviarme contestacion a: licgasto88@hotmail.com
ResponderEliminarNecesitamos unas Agendas Federales y somo de Tulum, nos contacta por favor 984.13.75864
ResponderEliminar